EQUIPO DIRECTIVO



SECTOR PROFESORES





SECTOR MADRES Y PADRES



SECTOR ALUMNOS


SECTOR ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

REPRESENTANTE MUNICIPAL

CONSEJO ESCOLAR 2021-2022
Equipo directivo
Francisco Gasque Albalate (Director)
Vicente Carot Gil (Jefe de Estudios)
Toña Ibáñez Gimeno (Secretaria)
Sector profesores
Javier Bertomeu Farnós
Antonio Catalá Ferrer
Fernando Diéguez Navarro
Rafael Sargatal Miquel
Ignacio Valera Cabañero
Sector madres y padres
Natalio Casino Jarque
José Villarroya Buj
VÃctor Lacambra (Representante del AMPA)
Sector alumnos Â
Claudia Casino Sánchez (EE.EE.)
Flor Suárez Milla (EE.PP.)
Sector PAS
Estela Linares Muñoz
Representante municipal
Julio Esteban Igual
Reglamento Orgánico Conservatorios de Música de Aragón
Los Conservatorios Elementales y Profesionales de Música tendrán los siguientes órganos de gobierno:
- Colegiados: consejo escolar del centro, claustro de profesorado y equipo directivo.
- Unipersonales: director, jefe de estudios y secretario. En determinados centros y conforme al artÃculo 131. 1) De la Ley orgánica 2/2006, de la Educación, el Departamento competente en materia de educación del Gobierno de Aragón podrá establecer las figuras del administrador, vicedirector y jefe de estudios adjunto.
Los órganos de gobierno de los conservatorios elementales y profesionales de música velarán por que las actividades de éstos se desarrollen de acuerdo con los principios y valores de la Constitución Española y del Estatuto de AutonomÃa de Aragón para la efectiva realización de los fines de la educación, establecidos en las leyes y en las disposiciones vigentes y por la calidad de la enseñanza.
Además, los órganos de gobierno de los conservatorios elementales y profesionales de música garantizarán, en el ámbito de su competencia, el ejercicio de los derechos reconocidos a los alumnos, profesores, padres y madres del alumnado y personal de administración y servicios, y velarán por el cumplimiento de los deberes correspondientes. Del mismo modo, favorecerán la participación efectiva de todos los miembros de la comunidad educativa en la vida del centro, en su gestión y en su evaluación.
Los alumnos, padres, madres o tutores legales, profesores, personal de administración y servicios y ayuntamientos participarán en el gobierno de los conservatorios elementales y profesionales de música a través del consejo escolar del centro.
Además de las recogidas en el artÃculo 127, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el consejo escolar tendrá las siguientes funciones:
- Aprobar y evaluar el Plan de Centro del conservatorio, sin perjuicio de las competencias del claustro de profesorado.
- Promover las relaciones del conservatorio que con fines educativos, culturales y de promoción de las enseñanzas se deben llevar a cabo con las instituciones de su entorno.
- Autorizar, con carácter excepcional, la matriculación en más de un curso académico de la misma especialidad, a aquellos alumnos que lo soliciten.
- Resolver, cuando sea necesario, conforme a la normativa vigente y a la recogida en el Reglamento de Régimen Interior, sobre la pérdida de la reserva de plaza del alumnado.
- Velar para que las convocatorias de las pruebas de acceso se realicen con la publicidad, objetividad y antelación necesarias.
- f)  Informar la memoria final sobre el cumplimiento de la Programación General Anual.
- Cualquier otra que le asignara la normativa en vigor.